Los códigos de ética empresariales son documentos que
contienen los criterios que orientan la gestión y la toma de decisiones de cada
uno de los miembros de la empresa, al relacionarse con otras personas e
instituciones en su labor diaria. Son un instrumento de gestión, un marco de
referencia para la interacción armónica con los diferentes actores con los que
interactúa.
Los códigos de ética empresariales se han
desarrollado en los últimos años con el fin de explicitar los criterios éticos
o valores que han de orientar las acciones de la organización. Estos códigos
han sido precedidos por los códigos profesionales que algunas disciplinas más
que otras han desarrollado y que han resaltado la necesidad de una ética que
contemple las diferentes relaciones que tiene cualquier actor social, sea un
individuo o una empresa, y la responsabilidad de sus decisiones.
El principal aporte de los códigos profesionales a
los códigos de ética ha sido el de definir el marco de acción y de
responsabilidad, regular las relaciones que se establecen en dichos marcos, y
establecer los deberes y obligaciones hacia cada uno de los grupos con que se
interactúa.
la
distinción entre las conductas mínimas que han de seguir y las aspiraciones que
pueden compartir los miembros de la empresa; las pautas para reconocer y
abordar los dilemas éticos que se pueden presentar; los compromisos frente a la
sociedad y los diferentes grupos con que se relaciona.
No
es que estas sean las únicas funciones o las que verdaderamente valen para los
directivos, los empleados, la sociedad, sino que son aquellas en las que coinciden
la mayoría profesionales que han trabajado en el tema, y que realmente han sido
puestas en marcha en muchas organizaciones.
De acuerdo a la funcionalidad que se espera de los
códigos de ética se han hecho varias reflexiones, que han llegado a determinar
unas funciones específicas que al menos todo código debe considerar.
El modelo más reconocido por las empresas es aquel
que establece principios o valores, objetivos y políticas que contemplen las
relaciones que tienen la empresa con cada uno de los grupos de interés. Esto
quiere decir que la empresa ha de reafirmar sus valores, establecer pautas de
acción hacia los grupos de interés internos y externos, y regular
detalladamente determinados ámbitos de actuación.
En términos generales, los códigos deben expresar los
compromisos que la empresa asume con cada grupo con que se relaciona, los
principios éticos que guían su gestión y la manera como vuelve a plantear sus
objetivos en perspectiva ética. Como complemento a estas consideraciones que se
incluyen en los códigos, la gestión que hagan los directivos de esta
herramienta debe comprender un manejo de las relaciones entre los grupos de
interés que le permita resolver los conflictos que se generen.
Las funciones básicas que deben cumplir los códigos
de ética son:
A nivel interno:
Institucionalizar los valores, pautas y criterios de
decisión que definen el proyecto de empresa y que deben regular toda actividad
empresarial.
Crear una cultura empresarial y un clima ético que
permita que los miembros de la organización se identifiquen con el proyecto que
define a la empresa (visión compartida).
Servir de punto de referencia o criterio de orientación,
para la toma de decisiones en todos los niveles empresariales que elimine las
incertidumbres y ambigüedades.
Definir la responsabilidad, los derechos, las
obligaciones y los compromisos de la empresa y de sus miembros hacia todos los
grupos de interés.
A nivel externo:
Comunicar el carácter propio de la empresa, dar a
conocer lo que es la empresa y cuáles son sus objetivos.
Artículo CCRE – Códigos de Ética
Explicitar cuáles son las líneas de actuación con las
que se compromete la empresa ante sus grupos de interés.
Desarrollar una cultura organizacional que le permita
aproximarse a la sociedad, comprender sus necesidades y expectativas frente a
la empresa y tener la capacidad de responder a ellas.
Estas
normas y valores, deben reflejarse en las decisiones y en la conducta de todos
sus miembros.
La
creación de un Código de Ética y su utilización como un instrumento de gestión
no implica reducir la autonomía y responsabilidad de sus miembros, por el
contrario, implica aumentar la capacidad de los directivos y empleados de
decidir por sí mismos y autorregularse.
Las
funciones externas transmiten la cultura empresarial al exterior, es decir,
generan la imagen social de la empresa y posibilitan la construcción de
confianza. En este aspecto debe quedar claro qué pretende la empresa, hacia qué
objetivos sociales se dirige, así como qué necesidades puede y se compromete a
ayudar a satisfacer.
Aún cuando estas son las funciones básicas de los
códigos, éstos suelen comprender otros muchos aspectos que la particularidad de
cada empresa requiera. Un código no es algo estático, debe gestionarse
constantemente y debe modificarse según el desarrollo de la empresa. Asimismo,
el código debe dinamizarse y profundizarse en su aplicación a las actividades
de las empresas, por lo cual deben establecerse las acciones concretas que se
han de llevar desde cada una de las unidades de trabajo de la empresa con el
fin de concretar las políticas generales a la cotidianidad de los miembros de
la organización.
CAPITULO
PRIMERO - PRINCIPIOS GENERALES
Artículo
1º: Respeto por los Derechos y la
Dignidad de las Personas
El
psicólogo/a se compromete a respetar y adherir a los principios establecidos en
la
Declaración
Universal de Derechos Humanos. En particular, respetar la dignidad y el valor
de todas las personas y el derecho a la privacidad, confidencialidad, autodeterminación,
diversidad y autonomía. Así mismo, respetar las diferencias individuales, culturales,
de género, etnia, religión, ideología, orientación sexual, condición socioeconómica, u otras.
Artículo
2º: Competencia
Es
responsabilidad del psicólogo/a tener un nivel de competencia idóneo,
proveyendo sólo aquellos servicios y
técnicas para las que está capacitado por su formación profesional, al igual
que reconocer las fronteras de su disciplina. Es también su responsabilidad la
actualización permanente de sus conocimientos e información científica y
profesional relevante a los servicios que brinda. Asimismo, tener presente que las
competencias que se requieren en la asistencia, enseñanza y/o estudio de
personas o grupos humanos, varían según las características diversas de éstos.
Artículo
3º: Compromiso Profesional y Científico
El
psicólogo/a adherirá a los principios y normas de conducta contenidos en este
Código, asumiendo la responsabilidad por su cumplimiento. Así como también el
compromiso de promover la psicología en cuanto saber científico. En aquellas
situaciones para las cuales aún no existen normas y/o criterios profesionales
reconocidos, corresponderá al psicólogo/a ejercer un juicio cuidadoso,
establecer redes de interconsulta, si es necesario interdisciplinarias, e
informar y prevenir a las personas con quienes trabaja del carácter experimental
de los instrumentos o intervenciones.
Artículo
4º: Integridad
El
psicólogo/a se guiará por principios de probidad, honestidad, justicia y
respeto por los otros en su ejercicio profesional. En este contexto, el
psicólogo/a tendrá en cuenta sus propios sistemas de creencias, valores,
necesidades y límites y del efecto que éstos tienen en su trabajo. Del mismo
modo, el psicólogo/a evitará comportamientos en su vida privada que puedan
generar dudas públicas sobre su honestidad o conformación ética que afecten la
imagen de la profesión.
Artículo
5º: Independencia
El
psicólogo/a, en el ejercicio de su profesión, evitará influencias o presiones
personales
y/o
institucionales que atenten contra su conformación ética, el respeto por las
personas objeto de su ejercicio profesional y el cumplimiento del código ético
de la profesión. Este principio obliga a explicitar, a quien corresponda, las
situaciones en que exigencias externas entren en conflicto con este Código de
Ética.
Artículo
6º: Responsabilidad Social
El
psicólogo/a tendrá presente su responsabilidad profesional y científica hacia
la comunidad y la sociedad en que trabaja y vive. Asimismo su compromiso social
implicará aportar al conocimiento, estudio y transformación de su sociedad, y
la promoción y desarrollo de leyes y políticas sociales que apunten, desde su
especificidad profesional, a crear condiciones que contribuyan al bienestar y
desarrollo de la comunidad.
En la formación profesional es
esencial que se tengan elementos para ejercer la profesión de forma que sean
socialmente útiles y reconocidos; en la práctica profesional es indispensable
que el comportamiento del contador en cuanto a sus relaciones con todos los
actores que conforman el entorno en el cual se desenvuelve como colegas,
usuarios, otros profesionales y el resto de la sociedad se de en términos de
una honestidad e integridad
para así difundir la credibilidad y confiabilidad de la información como
resultado de las actividades realizadas por este; puesto que el contador con el carácter de
la contaduría tiene la responsabilidad de dar fe pública sobre los documentos y
estados financieros realizados por él.
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